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6tas Jornadas de Estudios sobre la Infancia
— 4 al 6 de junio de 2024
— Buenos Aires, Argentina.
Grupos de trabajo
Eje 3. B3. La diversidad familiar y los cuidados infantiles
Sala 408 - Edificio Volta - Universidad Nacional de San Martín (VOLTA).
Horario: 14:00hs a 16:30hs.
Coordinador(es):
Mariela Leo y Soledad Rojas Novoa.
Comentarista(s):
Mariela Leo y Soledad Rojas.
Duración:
2:30hs.
A Constituição da parentalidade à luz da adoção à brasileira e suas repercussões legais
Autor(es):
Almeida, Dyanne Gomes Teles de (Dernival Bertoldo Santos e Ana Maria Gomes Santos) .
Santos, João Diógenes Ferreira dos.
Santos, João Diógenes Ferreira dos.
Resumen:
Esta pesquisa tem por escopo refletir sobre a adoção intitulada como: “adoção à brasileira” à luz dos recentes entendimentos do Superior Tribunal de Justiça do Brasil, tendo vista as implicações legais do reconhecimento de paternidade sem a obediência das normas legais. Dessa forma, pretende-se analisar de que forma se dá a constituição da parentalidade na adoção à brasileira e quais as repercussões legais deste tipo de arranjo familiar? Considerando a necessidade de compreensão do processo de adoção à brasileira que segue em descompasso do Estatuto da Criança e do adolescente do Brasil, mas que tem repercussões legais de acordo com o caso concreto é que este estudo foi desenvolvido. Diante de uma temática tão complexa que é a adoção de uma criança sem nenhum processo judicial é que se justifica a relevância e o desenvolvimento deste estudo, tendo em vista que tornar a afetividade um valor jurídico provoca diversas implicações no âmbito da paternidade registral e também da filiação. Para realizar esta pesquisa, buscou-se fazer uma revisão da literatura teórica alicerçada na legislação, doutrina e jurisprudência pátrias que abordam o tema, com base no método histórico e tendo como parâmetro a análise qualitativa dos dados. Por fim, depreende-se dos resultados da pesquisa que, o direito não pode, por sua vez, ignorar os fatos sociais e as situações jurídicas constituídas a partir até mesmo de atos considerados ilegais, como a adoção à brasileira. Por isso, apesar de ser um crime, tipificado no art. 242 do Código Penal Brasileiro, portanto, passível de condenação, existe possibilidade de abrandamento da pena caso este crime seja praticado por motivo de reconhecida nobreza caracterizado pelo ato de amor, podendo, até mesmo, o juiz deixar de aplicar a pena. Os vínculos de afeto constituídos entre a criança e o casal que lhe registrou irregularmente não poderão ser desconsiderados, porquanto, conforme preconiza a Constituição brasileira, prima-se pelo melhor interesse da criança.
Palavras-chave: Paternidade. Adoção. Arranjo familiar. Afeto.
Biografia:
Dyanne Gomes T. de Almeida, Doutoranda do Programa de Memória: Linguagem e Sociedade da Universidade Estadual do Sudoeste da Bahia - UESB, advogada, bolsista da CAPES, dybertoldo@gmail.com e João Diógenes Ferreira dos Santos, Doutor em Ciências Sociais, professor do Programa de Pós-Graduação em Memória: Linguagem e Sociedade da Universidade Estadual do Sudoeste da Bahia - UESB, jdfsantos@uefs.br
Palavras-chave: Paternidade. Adoção. Arranjo familiar. Afeto.
Biografia:
Dyanne Gomes T. de Almeida, Doutoranda do Programa de Memória: Linguagem e Sociedade da Universidade Estadual do Sudoeste da Bahia - UESB, advogada, bolsista da CAPES, dybertoldo@gmail.com e João Diógenes Ferreira dos Santos, Doutor em Ciências Sociais, professor do Programa de Pós-Graduação em Memória: Linguagem e Sociedade da Universidade Estadual do Sudoeste da Bahia - UESB, jdfsantos@uefs.br
Paternidad y divorcio: amor, dinero y cuidados, 1985-2000
Autor(es):
Inés Pérez (UNMDP/CONICET) .
Resumen:
En esta ponencia muestro cómo en la Argentina de los años ochenta y noventa, al calor de las reformas legales que buscaron “democratizar” la familia, se abrieron nuevas instancias de desigualdad, profundizadas por un escenario de fuerte inestabilidad y crisis económica, en las que las referencias al amor paternal tuvieron un lugar clave. En las disputas sobre el lugar de los padres en las nuevas configuraciones familiares, aparecían dos definiciones del amor paternal que muchas veces eran contrapuestas: el amor como responsabilidad sobre la vida material de los hijos -noción a la que solían apelar las madres de los niños para demandar el pago de la cuota alimentaria-, y el amor como pasar tiempo junto a ellos, que estaba más presente en el discurso de padres que, más allá de que cumplieran el rol de proveedores que se les asignaba, podían identificarse como buenos padres a partir del deseo de mantener el vínculo con sus hijos.
El cariño hacia los hijos no era un elemento nuevo en los modelos de paternidad en la Argentina. Cecilia Rustoyburu ha mostrado que, desde los años veinte y treinta, los discursos de la Medicina y la Psicología destacaron el lugar de los vínculos afectivos entre padres e hijos y su adecuada expresión en la salud de los niños. Por su parte, Isabella Cosse señaló que durante los años sesenta las ideas respecto de los vínculos entre padres e hijos evidenciaron un desplazamiento de la autoridad hacia el afecto y la proximidad emocional. El lugar del amor paternal en los juicios de divorcio y tenencia tampoco es novedoso. La apelación a ese sentimiento estaba presente en expedientes de mediados del siglo XX, pero en ese entonces, el amor paternal se expresaba casi inequívocamente garantizando un bienestar económico.
Lo que sí era novedoso, en cambio, era la definición del amor paternal como la necesidad de ver a los hijos y su lugar en el estatus público de los varones. Ver a los hijos no significaba pasar la misma cantidad de tiempo con ellos que sus madres, que eran identificadas -todavía lo son- como las principales responsables de su cuidado. En esa diferencia se anclaba una fuerte desigualdad económica, en la medida en que ese cuidado restringía las posibilidades de inserción laboral de las madres que, como veremos, se profundizaba en tiempos de crecimiento de la inflación y el desempleo. Es más, a lo largo de la ponencia mostraré que, aun cuando en este período ganó fuerza la idea de que los niños tenían “derecho a un padre”, en el marco de discursos que señalaban su centralidad en el desarrollo infantil en términos psíquicos y afectivos, los instrumentos desarrollados por el Estado tuvieron una eficacia mucho mayor para garantizar el derecho de los padres a ver a sus hijos, que el de los niños a ver a sus padres, o incluso a recibir de ellos el dinero necesario para su manutención.
La ponencia se basa en el análisis de un corpus compuesto por expedientes judiciales, historias de vida, entrevistas a informantes clave (abogados, jueces, asesores de menores, etc.), prensa, revistas jurídicas y jurisprudencia. Los expedientes pertenecen a los departamentos judiciales de Mar del Plata y Dolores, donde también realicé las entrevistas que tomo en esta investigación. El período abordado recorre las décadas de 1980 y 1990. El inicio en 1985 responde a las fuertes transformaciones sociales y familiares que caracterizaron la década del ochenta, jalonadas por la sanción de la ley de Patria Potestad, luego de la que se intensificaron los conflictos en torno de la cuota alimentaria, la tenencia y el régimen de visitas de los padres separados o divorciados. En los años ochenta y noventa, los juicios de divorcio, cuota alimentaria, tenencia, etc., se tramitaban en los juzgados civiles. Iniciada la primera década del siglo XXI -cuando se cierra el período abordado en esta ponencia- se crearon los tribunales de familia en los departamentos judiciales trabajados en este texto, lo que significó un importante cambio tanto a nivel procesal como en relación a la incorporación de especialistas de disciplinas como la psicología o el trabajo social en la resolución de los casos.
La ponencia está organizada en dos secciones principales. Luego de una breve presentación de las estrategias metodológicas utilizadas en la investigación, en la primera de ellas centro la atención en expedientes en los que las mujeres reclamaban el pago de la cuota alimentaria para la manutención de sus hijos a sus exparejas, poniendo en el centro del debate una noción de amor paternal vinculada a la provisión de bienestar material. En el segundo parágrafo, a partir del análisis de disputas por el régimen de visitas, abordo otra noción de amor paternal que lo vincula al pasar tiempo con los hijos, recuperada principalmente por los varones, pero también por mujeres que, obstaculizando las visitas de los padres, buscaban presionarlos para pagar la cuota alimentaria, y observo las reacciones que las apelaciones a esta definición del amor generaron de parte de las autoridades judiciales.
El cariño hacia los hijos no era un elemento nuevo en los modelos de paternidad en la Argentina. Cecilia Rustoyburu ha mostrado que, desde los años veinte y treinta, los discursos de la Medicina y la Psicología destacaron el lugar de los vínculos afectivos entre padres e hijos y su adecuada expresión en la salud de los niños. Por su parte, Isabella Cosse señaló que durante los años sesenta las ideas respecto de los vínculos entre padres e hijos evidenciaron un desplazamiento de la autoridad hacia el afecto y la proximidad emocional. El lugar del amor paternal en los juicios de divorcio y tenencia tampoco es novedoso. La apelación a ese sentimiento estaba presente en expedientes de mediados del siglo XX, pero en ese entonces, el amor paternal se expresaba casi inequívocamente garantizando un bienestar económico.
Lo que sí era novedoso, en cambio, era la definición del amor paternal como la necesidad de ver a los hijos y su lugar en el estatus público de los varones. Ver a los hijos no significaba pasar la misma cantidad de tiempo con ellos que sus madres, que eran identificadas -todavía lo son- como las principales responsables de su cuidado. En esa diferencia se anclaba una fuerte desigualdad económica, en la medida en que ese cuidado restringía las posibilidades de inserción laboral de las madres que, como veremos, se profundizaba en tiempos de crecimiento de la inflación y el desempleo. Es más, a lo largo de la ponencia mostraré que, aun cuando en este período ganó fuerza la idea de que los niños tenían “derecho a un padre”, en el marco de discursos que señalaban su centralidad en el desarrollo infantil en términos psíquicos y afectivos, los instrumentos desarrollados por el Estado tuvieron una eficacia mucho mayor para garantizar el derecho de los padres a ver a sus hijos, que el de los niños a ver a sus padres, o incluso a recibir de ellos el dinero necesario para su manutención.
La ponencia se basa en el análisis de un corpus compuesto por expedientes judiciales, historias de vida, entrevistas a informantes clave (abogados, jueces, asesores de menores, etc.), prensa, revistas jurídicas y jurisprudencia. Los expedientes pertenecen a los departamentos judiciales de Mar del Plata y Dolores, donde también realicé las entrevistas que tomo en esta investigación. El período abordado recorre las décadas de 1980 y 1990. El inicio en 1985 responde a las fuertes transformaciones sociales y familiares que caracterizaron la década del ochenta, jalonadas por la sanción de la ley de Patria Potestad, luego de la que se intensificaron los conflictos en torno de la cuota alimentaria, la tenencia y el régimen de visitas de los padres separados o divorciados. En los años ochenta y noventa, los juicios de divorcio, cuota alimentaria, tenencia, etc., se tramitaban en los juzgados civiles. Iniciada la primera década del siglo XXI -cuando se cierra el período abordado en esta ponencia- se crearon los tribunales de familia en los departamentos judiciales trabajados en este texto, lo que significó un importante cambio tanto a nivel procesal como en relación a la incorporación de especialistas de disciplinas como la psicología o el trabajo social en la resolución de los casos.
La ponencia está organizada en dos secciones principales. Luego de una breve presentación de las estrategias metodológicas utilizadas en la investigación, en la primera de ellas centro la atención en expedientes en los que las mujeres reclamaban el pago de la cuota alimentaria para la manutención de sus hijos a sus exparejas, poniendo en el centro del debate una noción de amor paternal vinculada a la provisión de bienestar material. En el segundo parágrafo, a partir del análisis de disputas por el régimen de visitas, abordo otra noción de amor paternal que lo vincula al pasar tiempo con los hijos, recuperada principalmente por los varones, pero también por mujeres que, obstaculizando las visitas de los padres, buscaban presionarlos para pagar la cuota alimentaria, y observo las reacciones que las apelaciones a esta definición del amor generaron de parte de las autoridades judiciales.
Crianza, cuidado y participación infantil. La “crianza respetuosa” como modelo para los vínculos familiares
Autor(es):
María Jimena Mantilla (CONICET-IIGG) .
Resumen:
En este trabajo analizo desde una perspectiva sociológica las imágenes de la infancia en el modelo de crianza respetuosa. Me interesa problematizar cómo se define e integra la participación infantil en las relaciones familiares y con qué desafíos vinculares se enfrenta en la cotidianeidad de las familias. El trabajo se basa en una investigación cualitativa de tipo etnográfica que analiza las experiencias de mujeres madres de sectores medios que siguen este estilo de crianza en la ciudad de Buenos Aires. El análisis muestra cómo a partir de la crianza respetuosa se vehiculizan nuevas sensibilidades en torno a los niños y niñas en el espacio familiar sujetas a tensiones y dificultades en torno a la definición de los límites, las necesidades y los deseos que se dirimen en el espacio familiar.
La mediación como herramienta de participación de la infancia y la adolescencia, en situaciones de separación y/o divorcio en Uruguay
Autor(es):
Rodríguez, Laura..
Resumen:
La presente investigación tiene como objetivo comprender la participación que se le da a los niños, las niñas y adolescentes, en los procesos de separación/divorcios llevados a instancias de mediación familiar en los centros de mediación del Poder Judicial en Montevideo-Uruguay. El propósito de esta ponencia tiene como fin problematizar la crianza, cuidados y arreglos familiares que se dan en torno a dicha problemática con respecto a los niños, niñas y adolescentes, teniendo una comprensión desde la mediación entendida como uno de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos.
En este sentido se pretende analizar ¿Qué lugar ocupan los/as hijos/as cuando se da un conflicto por separación/divorcio de sus progenitores?, ¿Cómo se produce la participación de los niños, las niñas y los/as adolescentes, en los procesos de mediación familiar? ¿Cuáles son los acuerdos a los que llegan los progenitores con respecto a los cuidados y la crianza de los/as hijos/as y qué relación tiene con los roles familiares y de género al interior de las familias observadas?
Es importante destacar, que la participación de las/os NNA me interpela en esta investigación, desde la implicancia que tiene el hecho de considerarles como sujetos de derechos y no como objetos de protección y control por parte del mundo adulto. Entendemos que desde la Convención sobre los Derechos del Niño (1989), se reconoce que «los niños (seres humanos menores de 18 años) son individuos con derecho de pleno desarrollo físico, mental y social y con derecho a expresar libremente sus opiniones» (p.6). Por ende, el derecho a la participación de los/as más pequeños/as puede generar tensiones y desafíos en las relaciones de poder y en la forma como el mundo adulto se ha relacionado con ellas/os, en una relación vertical y autoritaria, en la que una/o manda y la/el otra/o obedece.
Esta investigación se llevará a cabo, desde la metodología cualitativa, a través del estudio de caso de tipo instrumental, utilizando la entrevista semiestructurada, la observación participante y el análisis de documentos de fuentes primarias y secundarias como técnicas de producción de información. Los/as participantes de la investigación serán la totalidad de mediadores/as que integran los centros de mediación del Poder Judicial en Montevideo y que intervienen en procesos de familia, particularmente en procesos de separación/divorcio donde hay hijos/as menores de 18 años, y las familias que harán parte de la observación.
Los resultados esperados pretenden aportar elementos para la reflexión y discusión sobre la mediación familiar en proceso de separación/divorcio en Uruguay y la participación de niñas, niños y adolescentes en dicho proceso, a través de la construcción de informes generados de la revisión documental, el diario de campo utilizado como instrumento de observación de las mediaciones y el discurso de los/as mediadores/as con relación a la participación que se le da a los niños, las niñas y adolescentes dentro de la mediación familiar.
Palabras Clave: Derechos de Infancia; Mediación Familiar; Género y Familia.
Soy Laura Mercedes Rodríguez Manrique, licenciada en psicología desde el año 2014. En 2015 realicé una especialización en Educación e intervención en la primera infancia, culminando los estudios en el año 2016. En el 2019 comencé mis estudios en la Maestría en Derechos de Infancia y Políticas Públicas en la Facultad de psicología de la Universidad de la República, Maestranda con el proyecto titulado, “La mediación como herramienta de participación de la infancia y la adolescencia, en situaciones de separación y/o divorcio en Uruguay”
En este sentido se pretende analizar ¿Qué lugar ocupan los/as hijos/as cuando se da un conflicto por separación/divorcio de sus progenitores?, ¿Cómo se produce la participación de los niños, las niñas y los/as adolescentes, en los procesos de mediación familiar? ¿Cuáles son los acuerdos a los que llegan los progenitores con respecto a los cuidados y la crianza de los/as hijos/as y qué relación tiene con los roles familiares y de género al interior de las familias observadas?
Es importante destacar, que la participación de las/os NNA me interpela en esta investigación, desde la implicancia que tiene el hecho de considerarles como sujetos de derechos y no como objetos de protección y control por parte del mundo adulto. Entendemos que desde la Convención sobre los Derechos del Niño (1989), se reconoce que «los niños (seres humanos menores de 18 años) son individuos con derecho de pleno desarrollo físico, mental y social y con derecho a expresar libremente sus opiniones» (p.6). Por ende, el derecho a la participación de los/as más pequeños/as puede generar tensiones y desafíos en las relaciones de poder y en la forma como el mundo adulto se ha relacionado con ellas/os, en una relación vertical y autoritaria, en la que una/o manda y la/el otra/o obedece.
Esta investigación se llevará a cabo, desde la metodología cualitativa, a través del estudio de caso de tipo instrumental, utilizando la entrevista semiestructurada, la observación participante y el análisis de documentos de fuentes primarias y secundarias como técnicas de producción de información. Los/as participantes de la investigación serán la totalidad de mediadores/as que integran los centros de mediación del Poder Judicial en Montevideo y que intervienen en procesos de familia, particularmente en procesos de separación/divorcio donde hay hijos/as menores de 18 años, y las familias que harán parte de la observación.
Los resultados esperados pretenden aportar elementos para la reflexión y discusión sobre la mediación familiar en proceso de separación/divorcio en Uruguay y la participación de niñas, niños y adolescentes en dicho proceso, a través de la construcción de informes generados de la revisión documental, el diario de campo utilizado como instrumento de observación de las mediaciones y el discurso de los/as mediadores/as con relación a la participación que se le da a los niños, las niñas y adolescentes dentro de la mediación familiar.
Palabras Clave: Derechos de Infancia; Mediación Familiar; Género y Familia.
Soy Laura Mercedes Rodríguez Manrique, licenciada en psicología desde el año 2014. En 2015 realicé una especialización en Educación e intervención en la primera infancia, culminando los estudios en el año 2016. En el 2019 comencé mis estudios en la Maestría en Derechos de Infancia y Políticas Públicas en la Facultad de psicología de la Universidad de la República, Maestranda con el proyecto titulado, “La mediación como herramienta de participación de la infancia y la adolescencia, en situaciones de separación y/o divorcio en Uruguay”